Ordena INE a jefa de gobierno de CDMX y personas legisladoras de Morena en Chihuahua retirar propaganda gubernamental y comunicados en apoyo al Presidente de la República

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Javier Ramírez Vorágine
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Ciudad de México, México.– La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) sesionó de manera virtual para analizar tres medidas cautelares en el marco del proceso de la Revocación de Mandato: dos por presunta difusión de propaganda gubernamental y una más por supuesta violación a los principios de legalidad, imparcialidad, neutralidad y equidad.

En un caso, el Partido de la Revolución Democrática (PRD) denunció a Claudia Sheinbaum Pardo, jefa de gobierno de la Ciudad de México, por la presunta difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido.

El pasado 18 de febrero del 2022, la Titular de la CDMX realizó dos publicaciones en Twitter. En una de ellas dio a conocer posibles logros de gobierno y en la segunda refirió: “Buenas noches. Les invito a participar en eso que me prohibieron hablar”, lo que, a juicio del partido denunciante, vulnera la prohibición que tienen los servidores públicos de promover el ejercicio de democracia directa.

Respecto del primer mensaje donde se dan a conocer acciones del gobierno de la Ciudad de México, la Comisión declaró procedente la medida cautelar toda vez que, bajo la apariencia del buen derecho, la publicación destaca, realza y exalta logros de gobierno de la Ciudad de México, lo que podría encuadrar dentro de la categoría de propaganda gubernamental que está prohibida durante el periodo comprendido entre la emisión de la convocatoria ocurrida el pasado 04 de febrero y la Jornada de la Revocación de Mandato que se realizará el 10 de abril.

Por ello, se ordenó a la Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, para que en un plazo que no podrá exceder de tres horas, realice las acciones, trámites y gestiones necesarias para eliminar la publicación alojada en su cuenta oficial de Twitter, así como de cualquier otra plataforma electrónica o impresa bajo su dominio, control o administración.

De igual manera, se concedió la tutela preventiva y se le ordenó se abstenga, bajo cualquier modalidad o formato de comunicación oficial, de realizar o emitir manifestaciones, comentarios, opiniones o señalamientos relacionados con logros y actividades de gobierno, que puedan considerarse propaganda gubernamental.

Lo anterior, por advertir que, por segunda ocasión, la funcionaria emitió propaganda gubernamental en periodo prohibido, por lo que se considera que existe un riesgo actual y real, de que la servidora pública incurra nuevamente en posibles vulneraciones a los principios constitucionales y legales, en el contexto de la Revocación de Mandato en curso.

En cuanto a la segunda publicación denunciada, la Comisión de Quejas y Denuncias consideró improcedente la cautelar solicitada pues, en apariencia del buen derecho, se trata de una expresión espontánea de la Jefa de Gobierno que, en principio, se encuentra amparada por la libertad de expresión.

Denuncia contra diputadas y diputados locales en Chihuahua

En un segundo asunto, el Partido Acción Nacional (PAN) denunció al Presidente de la República y a diputadas y diputados locales del Congreso de Chihuahua por un desplegado publicado en el periódico “El Diario de Juárez” en apoyo al Titular del Ejecutivo Federal, así como la publicación del material de contenido similar en diversos perfiles en Facebook de los denunciados, solicitando como medida el retiro del material.

La Comisión determinó, por una parte, la improcedencia de las cautelares por cuanto al desplegado en el periódico referido, toda vez que a la publicación sólo pueden acceder quienes cuenten con una membresía al medio de comunicación, esto es, no es accesible al público en general, aunado a que se requiere un acto volitivo de los usuarios para acceder a ella.

La Comisión estimó improcedentes las medidas cautelares respecto a las publicaciones en Facebook de la diputada local Leticia Olga Máynez, toda vez que las referidas publicaciones ya no se encuentran activas en dicho perfil, concluyéndose que se está ante actos consumados.

Por otra parte, el órgano colegiado otorgó las medidas cautelares respecto de las publicaciones de la y el legislador Magdalena Rentería Pérez y Benjamín Carrera Chávez, ya que, en un análisis preliminar, sus mensajes se consideran promoción personalizada a favor del Presidente de la República y, por lo tanto, se presume vulneración al principio de neutralidad de las personas servidoras públicas en el marco del proceso de la Revocación de Mandato, ordenándoles que en un plazo que no podrá exceder de tres horas, realicen las acciones, trámites y gestiones necesarias para eliminar las publicaciones de Facebook, así como de cualquier otra plataforma electrónica o impresa bajo su dominio, control o administración.

En ese sentido, se vinculó al diputado Edin Cuauhtémoc Estrada Sotelo, Presidente de la Junta de Coordinación Política en el Congreso del Estado de Chihuahua y Coordinador de la bancada del Morena, con la finalidad de que notifique la resolución a las y los integrantes de ese partido, para que se abstengan de difundir el comunicado en cualquier plataforma electrónica o impresa bajo su dominio, control o administración.

Se reiteró el llamado a las y los servidores públicos de todos los ámbitos y niveles de gobierno para que, en todo momento, ajusten sus actos y conductas a los límites y parámetros constitucionales, así como evitar el uso u aprovechar los canales o vías oficiales de comunicación para difundir propaganda gubernamental.

Improcedente tutela preventiva en contra de tres servidoras públicas del PAN

Finalmente, los integrantes de la Comisión resolvieron una queja interpuesta por un grupo de ciudadanas y ciudadanos en contra de diversos legisladores federales y locales del PAN, por la presunta transgresión a los principios de legalidad, imparcialidad, neutralidad y equidad en el proceso de Revocación de Mandato, pues en la rueda de prensa celebrada el 14 de febrero de 2022 en Tlaxcala, hicieron un llamado a la ciudadanía a NO participar en la Revocación de Mandato, solicitando como medida cautelar, se conmine a los denunciados a que se abstengan de llamar a la ciudadanía a no participar en el referido ejercicio democrático.

La Comisión declaró la improcedencia de las medidas cautelares en su vertiente de tutela preventiva porque se trata de hechos consumados e irreparables, pues la conferencia mencionada tuvo verificativo el 14 de febrero pasado y en un segundo momento se trata de hechos futuros de realización incierta, al no contar con elementos para determinar que las personas se volverán a reunir.

No obstante, la autoridad electoral consideró necesario y pertinente reiterar a las funcionarias públicas denunciadas a la obligación que tienen a su cargo de conducirse con imparcialidad y neutralidad a fin de no influir, de ninguna manera, en la opinión ciudadana, respecto de la Revocación de Mandato.

Finalmente, la Comisión destacó que es el tiempo de la ciudadanía, por lo que realizó un llamado a todas las personas funcionarias públicas para que respeten el deber de neutralidad y se abstengan de hacer pronunciamientos a favor o en contra del Presidente de la República, porque estamos en el procedimiento de Revocación de Mandato del Titular del Ejecutivo Federal.

Los proyectos fueron aprobados por unanimidad de votos de la consejera Claudia Zavala y del consejero Ciro Murayama, así como de la consejera Adriana Favela, presidenta de la Comisión de Quejas y Denuncias.