Determina IECM límites en aportaciones de financiamiento privado para partidos políticos

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Ciudad de México, México.–El Consejo General del Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) aprobó un Acuerdo, mediante el cual se determinan los límites en las aportaciones del financiamiento privado que podrán recibir los partidos políticos, por sus militantes y simpatizantes, así como el límite individual de las aportaciones de las personas físicas durante el ejercicio 2020.

Con base en dicho Acuerdo aprobado por unanimidad en sesión pública, el límite anual total de las aportaciones de financiamiento privado que los partidos políticos pueden recibir durante 2020, es de 25 millones 419 mil 90 pesos, y dentro del límite anual total de financiamiento privado en dinero, las aportaciones que cada partido político podrá recibir de parte de militantes y simpatizantes no deberán rebasar la cantidad líquida de 8 millones 461 mil 835 pesos.

El Acuerdo también establece que el límite anual total de las aportaciones de financiamiento privado en especie que cada partido político podrá recibir durante 2020 será el equivalente a la cantidad de 25 millones 419 mil 90 pesos.

Igualmente, el Acuerdo señala que este año el límite que cada partido político podrá recibir de aportaciones en bienes inmuebles por una persona física será el equivalente a la cantidad de 11 millones 862 mil 242 pesos.

En tanto, el límite que cada partido político podrá recibir de aportaciones en bienes muebles y consumibles por una persona física será el equivalente a la cantidad de 5 millones 83 mil 818 pesos.

En la sesión, fue aprobado además el Acuerdo, por el que se determinan las cantidades líquidas mínimas que los partidos políticos deberán destinar a las actividades específicas relativas a liderazgos femeninos, liderazgos juveniles y a estudios de investigación de temas de la Ciudad de México, durante el ejercicio 2020.

Ese Acuerdo precisa que, con base en el artículo 273 del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales capitalino, cada uno de los partidos políticos deben destinar el 5 por ciento de su Financiamiento Público para el Sostenimiento de Actividades Ordinarias Permanentes 2020, al fortalecimiento de liderazgos femeninos; el 3 por ciento, a liderazgos juveniles y el 2 por ciento, a la generación de estudios e investigación de temas de  la Ciudad de México.

En la sesión pública, el Consejo General aprobó remitir el Informe Anual del IECM respecto del ejercicio del Derecho de Acceso a la Información Pública correspondiente al año 2019, ante el Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, en cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley en la materia.

Al respecto, la Consejera Electoral Gabriela Williams Salazar, presidenta de la Comisión de Normatividad y Transparencia, especificó que durante 2019, el IECM registró un total de mil 134 solicitudes de información pública y 23 de datos personales, las cuales fueron turnadas en tiempo y forma a las diferentes áreas administrativas, para dar respuesta oportuna a las personas solicitantes.

Detalló que el 35% del número total de solicitudes registradas estuvo relacionado con el tema de la integración de los Comités Ciudadanos y Consejos de los Pueblos y las consultas de Presupuesto Participativo; el 26%, con el tema de la estructura orgánico-funcional y de carácter administrativo, presupuestal y financiero; el 23%, con información de los Procesos Electorales, y el 13%, con el financiamiento público destinado a partidos políticos y candidaturas.

En otro punto de la orden del día, el Consejo General se dio por enterado del Informe de actividades previas a la Auditoría de Vigilancia de la Norma Mexicana en Igualdad laboral y no discriminación NMX-R-025-SCFI-2015, que presentó la Comisión Permanente de Igualdad de Género y Derechos Humanos, que preside la Consejera Electoral Carolina del Ángel Cruz.

Sobre ese asunto, la Consejera del Ángel Cruz recordó que en 2017 el IECM obtuvo la certificación de la Norma Mexicana en Igualdad laboral y no discriminación NMX-R-025-SCFI-2015, misma que establece que, a dos años de obtenerla, el Instituto debe sustentar y acreditar el mantenimiento y la mejora de las prácticas que propiciaron tal certificación, mediante una Auditoría de Vigilancia, por lo que es de gran relevancia el informe presentado durante la sesión pública.

El Consejo General aprobó además el Plan General de Desarrollo del IECM para el período 2020-2023, que presentó la Comisión Provisional encargada de elaborar la propuesta del Plan General de Desarrollo Institucional para el periodo 2020-2023, en cumplimiento al Acuerdo IECM/ACU-CG-058/2019, presidida por el Consejero Yuri Gabriel Beltrán Miranda, quien destacó que dicho plan es producto de varios meses de trabajo intenso y reuniones entre las y los consejeros electorales y titulares de las diferentes áreas del IECM.