Castigo entre uno y 3 años de cárcel por acoso sexual con exhibicionismo, masturbación y hasta silbidos

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Ciudad de México, México.— Castigar con uno a tres años de prisión al acoso sexual en espacios públicos cuando haya actos de exhibicionismo, masturbación, gestos obscenos, comentarios sexuales, piropos y silbido, propone la diputada perredista, Guadalupe Almaguer Pardo, secretaria de la Comisión de Igualdad de Género.

Explicó que promueve una iniciativa para sancionar penalmente el acoso sexual en espacios públicos, cuando haya actos como exhibicionismo, masturbación, gestos obscenos, comentarios sexuales, piropos y silbidos, entre otros.

Las sanciones consistirían en una multa de hasta 40 Unidades de Medida y Actualización (UMA) conmutables por 48 horas de capacitación del agresor, y prisión de uno a tres años, inconmutables, cuando las víctimas sean menores de edad o tengan alguna discapacidad, indicó la diputada en un comunicado.

Comentó que su iniciativa plantea reformas al Código Penal Federal y a la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

En el Código Penal Federal se adicionaría un artículo 259 Ter que a letra diría: “Comete el delito de acoso sexual en espacios públicos quien realice aquellas conductas de tipo sexual que, sin llegar a la agresión física, generen hostigamiento, intimidación y/o un ambiente hostil como piropos, comentarios sexuales, silbidos, bocinazos, jadeos y otros ruidos; gestos obscenos; arrinconamiento; masturbación con o sin eyaculación y exhibicionismo que limiten el tránsito, la tranquilidad y recreación en los espacios públicos de las personas en contra de las que son cometidas, que afecten o perturben el derecho a la integridad su seguridad personal y libre tránsito de toda persona, causándole intimidación, degradación, humillación, miedo, y/o un ambiente ofensivo”.

En la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia se reformaría el artículo 16 para incorporar y definir el concepto de acoso sexual en espacios públicos, y el precepto 17 para que se reconozca el castigo penal de dicho agravio.

La diputada apuntó que actualmente el acoso sexual en espacios públicos no constituye un delito en el Código Penal Federal, pero sí una forma de violencia conforme al artículo 4 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia”.

Señaló que el acoso sexual en espacios públicos revela relaciones de poder entre géneros, que es realizado primordialmente por hombres.

“Lo realizan hombres solos o en grupo y no se trata de una relación consentida, sino de la imposición de los deseos de las personas que lo cometen contra las que quieren someter.

Se realizan en la vía pública, en el transporte público o privado, y de manera rápida e intempestiva”, señaló.

Refirió que el estudio “Diagnóstico sobre violencia de género en el transporte público”, del Colegio de México, revela que el 93 por ciento de las mexicanas ha sufrido miradas lascivas al transitar por espacio públicos, el 50 por ciento ha sido tocada en las calles por lo menos una vez, el 69 por ciento ha padecido acercamientos indeseados y el 39 por ciento ha vivido persecuciones.

Almaguer Pardo recalcó que para la bancada del PRD es prioritario continuar legislando para erradicar la violencia hacia las mujeres.

“La principal causa de la iniciativa es hacer visible el acoso sexual, ya que ésta es una de las manifestaciones con mayor violencia normalizada en la sociedad que deja a las mujeres sin forma de protegerse por falta de elementos para poder denunciar cuando se es violentada”, finalizó.