Quieren tipificar a nepotismo como falta administrativa grave de servidores públicos

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Ciudad de México, México.– La Comisión de Transparencia y Anticorrupción analiza reformas a la Ley General de Responsabilidades Administrativas, para incluir al nepotismo como falta grave de los servidores públicos, dado que se considera una práctica común que personas que ocupan cargos oficiales, integren a sus parientes, cónyuges o concubinos en la institución donde ejercen sus funciones.

La iniciativa, impulsada por el diputado Irineo Molina Espinoza (Morena) señala que el nepotismo es una de las formas de corrupción, mediante la cual se obtienen beneficios económicos no sólo por un servidor público, sino por una familia completa.

Por medio de esta práctica, una persona puede acceder a un empleo por su parentesco con un servidor y no por mérito o capacidad propia; “esta acción viola los principios de disciplina, legalidad, objetividad, profesionalismo, honradez, lealtad, imparcialidad, integridad, rendición de cuentas, eficacia y eficiencia que rigen el servicio público, considerándose como un acto de corrupción”.

En el caso de México, ejemplos de estos actos hay muchos, “como aquellos de presidentes, gobernadores y funcionarios que han favorecido candidaturas, designaciones o contrataciones de hijos, hermanos, primos, parientes, cónyuges o concubinos, generando un tipo de herencia en la consecución de los cargos públicos, sin que sus familiares cuenten con experiencia probada”.

Molina Espinoza destaca que a pesar de los intentos por combatir la corrupción de la que forma parte el nepotismo, entre ellos las reformas constitucionales y legales para conformar el Sistema Nacional Anticorrupción, este fenómeno ha crecido de manera considerable en México, atentando no sólo a la debida función pública sino al principio de igualdad de oportunidades en el ámbito laboral que es parte del servicio administrativo.

La iniciativa resalta que la corrupción y el nepotismo se encuentran inmersos en muchos ámbitos de la vida social y gubernamental, y ya no se pueden tolerar, dado que atentan contra el buen gobierno, la economía, la eficiencia y eficacia de la función y el servicio públicos, lo que se traduce en que México no pueda dejar de ser un país de desigualdades.

Se plantea adicionar un artículo 63 Bis al Capítulo Segundo del Título Tercero de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, para establecer que cometerá nepotismo el servidor que valiéndose de las atribuciones o facultades de su empleo, cargo o comisión, directa o indirectamente, designe, nombre o intervenga para que se contrate como personal de confianza, de estructura, de base o por honorarios en el ente público en que ejerza sus funciones, a personas con las que tenga lazos de parentesco por consanguinidad hasta el cuarto grado, de afinidad hasta el segundo grado, o vínculo de matrimonio o concubinato.