Legisladores derogan disposición que impide interponer recurso de queja en más de una ocasión

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Ciudad de México, México.– Por 440 votos a favor, la Cámara de Diputados avaló el dictamen a la minuta que reforma el artículo 58 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, a fin de derogar la disposición que impide la interposición del recurso de queja en más de una ocasión ante un juicio contencioso administrativo

El documento, enviado al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales, deroga el último párrafo del mencionado artículo, fracción II inciso a), el cual dice: “La queja sólo podrá hacerse valer por una sola vez, con excepción de los supuestos contemplados en el subinciso 3, caso en el que se podrá interponer en contra de las resoluciones dictadas el cumplimiento a esta instancia”.

Menciona que el texto normativo vigente restringe a la persona gobernada interponer por una sola vez el recurso de queja por cada supuesto normativo, ya sea por repetición, exceso o defecto, sin que exista una justificación constitucional para ello.

Esto convierte al recurso en un medio de defensa eficaz que genera dilación en la administración de justicia, ya que deja al titular del derecho sin la posibilidad de obtener la reparación del daño basado sólo en el número de ocasiones en que la autoridad sentenciada decida si cumple o no con la sentencia.

La modificación de la porción normativa logrará dar certeza y seguridad jurídica a los ciudadanos, al mismo tiempo que cumple con el principia de progresividad, al incrementar el grado de promoción, respeto, garantía y protección de un derecho.

El recurso de queja es esencial

La diputada María Isabel Alfaro Morales (Morena) expresó que esta reforma es de vital importancia, ya que busca fortalecer la justicia administrativa y garantizar la plena efectividad de las decisiones juridiciales.

Se deroga, dijo, el último párrafo del artículo 58 fracción II inciso a) de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, en materia de recurso de queja, mismo que representa el instrumento jurídico que da voz a aquellos que se ven agraviados por decisiones judiciales que atentan contra sus derechos.

Recordó que el recurso de queja es esencial y un mecanismo que permite corregir fallas o abusos graves cometidos cuando se dictan resoluciones de carácter jurisdiccional; sin embargo, “nos encontramos con una limitación que coarta la efectividad y pone en riesgo el principio de acceso a la justicia efectiva”.

Con el dictamen a la minuta, expuso, se deroga la disposición que impide ocurrir en queja en más de una ocasión cuando persiste el incumplimiento de sentencia, como lo ha señalado la Suprema Corte de Justicia de la Nación, ya que eso permite que las autoridades puedan actuar de manera arbitraria respecto al cumplimiento de las decisiones juridiciales y una justicia a medias que no brinda protección ni seguridad jurídica a la ciudadanía.