Da SCJN constitucionalidad de agravante a quien prive de vida o lesione a integrantes de cuerpos de seguridad

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Javier Ramírez portal Vorágine
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Ciudad de México, México.– La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), reconoció la validez de la agravante de homicidio y lesiones cuando son cometidos contra miembros de las instituciones de seguridad ciudadana en ejecución de sus funciones o con motivo de ellas, contenida en el artículo 138 bis del Código Penal del Distrito Federal (ahora Ciudad de México).

En sesión remota del Tribunal Pleno, realizada a través del sistema de videoconferencia, el máximo tribunal consideró que dicho artículo no viola el principio de igualdad porque se justifica dar una protección especial a esos funcionarios, ya que éstos están en especial riesgo por las funciones que se les encargan a esas instituciones.

La discusión de otros aspectos de este mismo asunto continuará en la próxima sesión del Pleno de la SCJN.

La acción de inconstitucionalidad 97/2019, promovida por la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México, demandando la invalidez de diversas disposiciones del Código Penal del Distrito Federal, publicados en la Gaceta Oficial de esa entidad de 1° de agosto de 2019.