Quiere congresista agilizar traslado de insumo a personal durante emergencias

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Ciudad de México, México.— Facilitar el traslado, vía terrestre, de insumos, materiales y recursos para la atención de emergencias o contingencias derivadas de desastres naturales, así como de acciones extraordinarias en materia de salud, o de cualquier otro factor que perturbe gravemente a amplios sectores de la población, propuso la senadora petista, Geovanna Bañuelos de la Torre, en una iniciativa.

La propuesta también busca agilizar el tránsito de personal de auxilio a la población, médico, de protección civil, así como de las fuerzas de seguridad del Estado Mexicano, los cuales son trabajadores necesarios para brindar atención, bienes, servicios, y mantener la paz y el orden social durante las emergencias.

La legisladora del PT sugirió que el autotransporte para el traslado de bienes, insumos, recursos materiales, así como de personal esencial para la atención de la emergencia esté exento del pago de tarifas de peaje en todas las carreteras, caminos y puentes federales hasta llegar a su destino.

El documento señala que un elemento primordial para la atención de emergencias es la movilización de recursos, humanos y materiales para la atención de las personas. Para ello, detalló, es importante que existan todas las facilidades para que puedan llegar a los lugares y zonas donde son requeridos.

De acuerdo con el artículo 181 de la Ley General de Salud, en caso de epidemia de carácter grave, peligro de invasión de enfermedades transmisibles, situaciones de emergencia o catástrofe que afecten al país, la Secretaría de Salud dictará inmediatamente las medidas indispensables para prevenir y combatir los daños a la salud.

Asimismo, el artículo 183 determina el alcance de las medidas, ya que establece que el Ejecutivo Federal podrá declarar, mediante decreto, la región o regiones amenazadas que quedan sujetas, durante el tiempo necesario, a la acción extraordinaria en materia de salubridad general.

La legisladora señaló que, aunque existen previsiones sobre las atribuciones de la Secretaría de Salud en caso de acciones extraordinarias en materia de salubridad general, éstas no contemplan el traslado de bienes, insumos, materiales y personal en casos de emergencia.

Consideró necesario establecer dentro de las atribuciones derivadas de la denominada “acción extraordinaria en materia de salubridad general”, la de utilizar libre y prioritariamente los caminos o carreteras y puentes regulados por la Ley de Caminos Puentes y Autotransporte Federal.

La iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 184 de la Ley General de Salud; y se adiciona un artículo 21 Bis a la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, fue turnada directamente a las Comisiones Unidas de Salud; y de Estudios Legislativos, Segunda.