Avala comisión senantorial incorporar “instalaciones vitales” de protección civil

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Peña
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La minuta subraya que la Ley debe contemplar la difusión de la información que generen dichas herramientas, así como la prevención para la población y la concientización de la seguridad, para que las noticias previas a un desastre natural sean efectivas y se eviten riesgos mayores.

También se incluye la definición de “instalaciones vitales”, ya que la Ley no las contempla, y se consideró importante para que se identifiquen este tipo de instalaciones, que por sus características, en caso de sufrir algún daño, afectarían a la población, sus bienes o su entorno.

El dictamen señala que la Escuela Normal de Protección Civil fijará las competencias y conocimientos necesarios para la acreditación de la capacidad formal de protección civil que ofrezcan o comercialicen personas físicas y morales.

Dicha capacitación, establece la minuta, será temática o en grado ascendente, una ruta de capacitación de acuerdo a lo establecido por el Sistema Educativo Nacional, en materia de acumulación de créditos y el marco cualificaciones.   

La reforma añade a la Ley la obligación de que las entidades promuevan que el Atlas Nacional de Riesgos sea de fácil acceso para la población, y procuren que su elaboración siga las directrices del Centro Nacional de Prevención de Desastres (Cenapred).

La senadora Angélica Araujo Lara, presidenta de la Comisión, dijo que los integrantes ven con simpatía la minuta que recibieron de la Cámara de Diputados, porque incorpora elementos que resultan importantes para ayudar a la sociedad cuando se presenta alguna contingencia.

Destacó que la aprobación de esta reforma, sería una importante aportación del Congreso de la Unión para la plataforma en materia de prevención de desastres.