Calculan diputados tala ilegal de 700 mil hectáreas de bosques y selvas al año

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La legisladora sostuvo que esta práctica ilícita no sólo fomenta el comercio informal y la competencia desleal, sino afecta además las condiciones del suelo y al medio ambiente, ya que miles de especies endémicas pierden su hábitat.

Destacó que en los artículos 418 y 419 del Código Penal Federal se establecen medidas enfocadas al combate de la tala ilegal, fundamentalmente en aquellos casos de grupos delictivos organizados que buscan obtener ganancias económicas a partir del aprovechamiento ilícito de los recursos forestales.

Por su parte, añadió, el gobierno federal ha implementado acciones para atacar esta forma de delincuencia en las zonas de derribo de arbolado, los centros de almacenamiento y de transformación de la madera, así como para desincentivar su transporte ilegal.

Sin embargo, la demanda de productos ilícitos ha quedado impune, pues se adquiere materia prima de los bosques, a sabiendas de que provienen de actividades ilegales, subrayó.

La diputada López Moreno manifestó que resulta necesario y urgente inducir al sistema penal hacia la “responsabilización” de aquellos intermediarios que generan la demanda masiva de recursos forestales obtenidos ilegalmente.

Por tanto, afirmó que se requiere adicionar el artículo 419 Bis y reformar el 423 del Código Penal Federal, y el artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales, a fin de imponer una pena de uno a nueve años de prisión y el equivalente de 100 a tres mil días multa, a quien fuera de los terrenos forestales utilice o realice cualquier operación o actividad con recursos forestales maderables de procedencia ilícita en volúmenes superiores a veinte metros cúbicos.

Reiteró que en caso de que el ilícito se cometa bajo el amparo o en beneficio de una persona moral, la pena privativa de la libertad se incrementará hasta en tres años más de prisión y la pena económica hasta en mil días multa.

De igual manera, se establece que las sanciones aumentarán en tres años más de prisión y mil días multa adicionales, cuando los recursos forestales maderables provengan de un área natural protegida.

La legisladora subrayó que las penas son aplicables sólo al delito cometido en forma dolosa, cuando se tiene conocimiento de la naturaleza de la conducta, pues sólo se busca la responsabilidad exclusivamente de adquirentes de grandes volúmenes de madera, y no la de los pequeños usuarios, consumidores o artesanos que se encuentran excluidos.

Respecto de estos últimos, resaltó que si bien se reconoce que sus actos pueden ser socialmente reprochables, se considera que es más adecuado atenderlos desde una correcta política criminal, mediante el sistema de responsabilidad administrativa.

Finalmente, la diputada dijo que con esta reforma se sancionará con mayor severidad a aquél que adquiere madera de procedencia ilegal o de un área natural protegida, beneficiando con ello el patrimonio de la persona moral, al obtener materias primas a un precio menor que los provenientes de aprovechamientos legales.