Inversión Extranjera Directa en la Reforma

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En años recientes este papel se ha ido transformando con el surgimiento de nuevos medios, nuevas tecnologías y la creciente participación de la población tanto en la creación como en la difusión de contenidos, especialmente a través de la banda ancha.

Por su parte, la importancia que tiene el sector de radiodifusión para el gobierno reside en gran medida en el poder de la información que se transmite a la ciudadanía. El contenido al que acceden los diferentes segmentos poblacionales alrededor del mundo implanta tendencias y actitudes, además de promover o fortalecer modelos culturales, convirtiéndose en importante detonador de procesos organizativos de la sociedad civil. En términos de gobernabilidad, otorga la capacidad de informar, de implementar políticas, campañas, educar y manifestar la opinión pública, adjudicando un cierto control y acceso a la difusión masiva, dando motivos para limitar la participación extranjera dentro del sector bajo la noción de soberanía nacional.

En México, derivado de lo anterior, existe una cláusula de exclusión de extranjeros en cuanto a la Inversión Extranjera Directa en radiodifusión. Por lo tanto, resulta esencial analizar el comportamiento de los reguladores a nivel internacional para poder adoptar las mejores prácticas en torno a la apertura a la inversión extranjera para la radiodifusión.

En el caso específico de la radiodifusión, el enfoque que toma la legislación correspondiente a la IED responde a cuestiones de soberanía, seguridad nacional, preservación y propagación de los valores y la cultura nacional. Aunque esta sea la visión general, los diferentes países tienen concepciones distintas de dichos conceptos, y esto se ve reflejado en su legislación.

Por ejemplo, el órgano regulador de India reconoce la importancia de la inversión extranjera directa como un paso hacia la convergencia tecnológica tanto para el sector telecomunicación y radiodifusión. Por ello, propuso el incremento uniforme de porcentaje de inversión extranjera a 74%, comparado con el 49% que existía anteriormente.

Por el contrario, en Estados Unidos, la sección 310 del Comunication Act de 1934 restringe a los extranjeros de ser propietarios de alguna radiodifusora. Queda prohibido que los individuos y corporaciones extranjeras tengan cualquier tipo de licencia de radiodifusión y la sección 310 de la mencionada acta prohíbe también que la IED supere el 20% de las acciones en el caso de la radiodifusión.

En Argentina, desde 2003, la ley de Radiodifusión ha tenido distintas reformas que han logrado abrir el mercado. La IED ya está permitida en todos los sectores de la economía Argentina, la radiodifusión siendo el único sector que tiene una limitante, con un tope del 30% de capital extranjero al capital accionario.

A modo de conclusión, la experiencia internacional nos dice que si bien se permite la inyección de capital extranjero al sector, es también un tema de interés público y seguridad nacional, por lo que su participación se mantiene limitada a que los extranjeros no puedan tener poder de decisión sobre la empresa.

Hoy en México se propone elevarla en México del 0 en el que se encuentra actualmente al 49%, decisión nada trivial para esta importante industria creativa y cultural, así como su consecuente devenir.

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