Resuelve poder judicial federal que INAI ordene divulgación de datos de fosas clandestinas en Veracruz

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Ciudad de México, México.— El poder judicial federal resolvió que Instituto Nacional de Acceso a la Información (INAI) ordene la divulgación de datos estadísticos relacionados con fosas clandestinas encontradas en un predio en Veracruz.

Al resolver el amparo 1232/2017, el Juez Cuarto de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, Juan Pablo Gómez Fierro, concedió la protección de la justicia federal a una quejosa para que el Instituto Nacional de Transparencia y Acceso a la Información (INAI) ordene entregar una versión pública, en la cual se den a conocer los datos, cifras o estadísticas relacionadas con los indicios encontrados en las fosas clandestinas del predio Colinas de Santa Fe, en el Estado de Veracruz.
En el fallo, se estimó que el solo hecho de que la información se encuentre inmersa en una investigación ministerial no demuestra que su difusión impida u obstruya las funciones que ejerce el Ministerio Público durante la investigación o en ejercicio de la acción penal ante los tribunales judiciales.
Asimismo, se concluyó que no se acreditó que la divulgación de la información numérica y estadística solicitada representa un riesgo real de perjuicio al interés público, toda vez que la publicación de esos datos se desvincula de las personas y objetos de los cuales deriva, además de que no se revelarán los nombres de los servidores públicos relacionados con la persecución del delito y no se entregará información sobre las líneas de investigación o que permita identificar a las víctimas y a los responsables.
Aunado a lo anterior, se consideró necesario ponderar los intereses en conflicto, pues si bien es cierto que existe un interés público en la protección de la actividad persecutora de delitos, debe prevalecer la trascendencia social del fenómeno del descubrimiento de fosas clandestinas.
Por tanto, se estimó que es necesario poner en contexto el origen de la información solicitada y la importancia de conocer cifras y estadísticas que permitan a la sociedad civil, así como organismos nacionales e internacionales de derechos humanos conocer la dimensión del problema, realizar los análisis correspondientes para diagnosticarlo y solucionarlo y abonar a la transparencia sobre este fenómeno.
Máxime que la reserva de absolutamente toda la información derivada de la investigación no es proporcional para proteger los intereses en conflicto ni es la opción que restringe en menor manera el derecho de acceso a la información.
De esta manera, se consideró que la elaboración de una versión pública, en la cual se den a conocer los datos, cifras o estadísticas relacionadas con los indicios encontrados en el predio, que no revelen las líneas de investigación ni información para identificar a las víctimas o los responsables de la comisión de ilícitos, no representa un riesgo real de perjuicio al interés público.